La Corte de Apelaciones de Chillán acogió el recurso de apelación deducido por el Ministerio Público y revocó parcialmente la sentencia impugnada, que condenó a Cristián Vargas Venegas a la pena de 541 días de presidio, con el beneficio de reclusión domiciliaria parcial nocturna, como autor del delito de conducción en estado de ebriedad con sanción vigente, perpetrado en julio de 2021, en la comuna.
En fallo unánime (causa rol 175-2024), la Segunda Sala del tribunal de alzada–integrada por las ministras Paulina Gallardo, Érica Pezoa y la abogada (i) Paula Cornejo– ordenó el cumplimiento efectivo de la pena impuesta a Vargas Venegas.
“Que del mérito de los antecedentes consta que Cristián Vargas Venegas registra dos condenas como autor del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, dictadas en los años 2019 y 2021, sustituyéndose, en ambos casos, la pena temporal por la remisión condicional y por la reclusión parcial, respectivamente”, consigna el fallo.
“Que en esta causa, se le vuelve a condenar por el mismo ilícito, por hechos ocurridos el veinticinco de julio de dos mil veintiuno”, añade.
Para el tribunal de alzada: “(…) la conducta delictual pretérita, que además dice relación con la misma que ahora se castiga por tercera vez y que no es de larga data, evidencia que en su caso, la pena sustitutiva solicitada no lo disuadirá de cometer nuevos delitos, por lo que no concurre la exigencia de la letra c) del artículo 8 de la ley 18.216”.
Por tanto, se resuelve que: “se revoca en lo apelado, la sentencia dictada con fecha cuatro de marzo del actual, por el Juzgado de Garantía de Chillán, en cuanto otorgó la pena sustitutiva de reclusión parcial nocturna domiciliaria al condenado Cristian Vargas Venegas y en cambio se decide que esta se deniega, debiendo cumplirse efectivamente la pena privativa de libertad impuesta”.
El fallo de primera instancia dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 9:25 horas del 25 de julio de 2021, Vargas Venegas fue sorprendido por funcionarios de Carabineros conduciendo en estado de ebriedad y con sanción vigente en la intersección de la avenida Collín con calle 18 de Septiembre de Chillan. Practicada la alcoholemia, arrojó una dosificación de 2,30 gramos de alcohol por litro de sangre. Además, el condenado mantenía suspendida la licencia de conductor por el término de 2 años por condena, dictada el 10 de septiembre de 2019, en causa ruc 1800756810-6, por el Juzgado de Garantía de Chillán.