El Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Galo Patricio Monterrichard Contreras a la pena de cumplimiento efectivo de 6 años de presidio, en calidad de autor del delito consumado de robo con violencia. Ilícito cometido en la comuna de La Florida, en julio del año pasado.
En fallo unánime (causa rol 321-2023), el tribunal –integrado por los magistrados Hernando Falcón Vásquez (presidente), Bernardita González Figari (redactora) y Héctor Plaza Vázquez– aplicó, además, a Monterrichard Contreras las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados. Además, se decretó el comiso de la especie incautada en el procedimiento policial.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 11 horas del 20 de julio de 2023, “(…) en Camilo Henríquez con calle Chillán, comuna de La Florida, Galo Patricio Monterrichard Contreras se acercó a la víctima Roberto Arenas Weisz quien hablaba por su teléfono celular marca Honor, color azul, arrebatándoselo sorpresivamente de sus manos y al reaccionar la víctima y girarse hacia el acusado, este le dio un golpe con un mosquetón de fierro en la cabeza [gancho de seguridad para trabajos en altura], para luego huir del lugar con el celular de la víctima en su poder, logrando ser detenido por civiles a pocos metros, recuperando carabineros el celular de la víctima cuando detuvieron al acusado”.
A consecuencia del golpe, la víctima resultó con lesiones de carácter leve, consistentes en herida en región frontal izquierda (de unos cinco centímetros aproximadamente) y escoriaciones en región dorsal de ambas manos, según dato de atención de urgencia.
En la determinación de la cuantía de la sanción a imponer a Monterrichard Contreras, el tribunal tuvo presente que: “La pena asignada al delito de robo con violencia es la de presidio mayor en sus grados mínimo a máximo (5 años 1 día a 20 años) y para determinar el grado de la pena a imponer se tendrá presente que el delito se encuentra consumado, que la participación es de autor, que no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal y que ha de tenerse presente dentro de la extensión del mal causado, que el celular resulto dañado y manifestó la víctima que era una herramienta de trabajo porque tenía todos los contactos de sus clientes”.