En fallo unánime (causa rol 116-2023), el tribunal –integrado por los jueces Julio Álvarez Toro (presidente), Constanza Sutter Lagarejos (redactora) y Alejandra Rojas Lagos- aplicó, además, a al sargento segundo Vicente Gonzalo Fernández Bolaños, al cabo segundo Ignacio Andrés Quezada de la Fuente y el cabo segundo Paulo Francisco Tenorio Almonacid la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de las condenas.
En la causa, el tribunal decretó la absolución del teniente de Carabineros Alonso Sebastián Zúñiga Vergara de los cargos que le formuló el Ministerio Público y el Instituto Nacional de Derechos Humanos, como autor del delito consumado de apremios ilegítimos.
El tribunal dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 17:30 horas del 20 de octubre de 2019 “mientras se desarrollaban manifestaciones en el contexto de la crisis social en Chile, específicamente en la avenida Cristóbal Colón cercano a la calle Chiloé de la ciudad de Punta Arenas, se encontraban los menores de edad de iniciales J.A.A.H y G.P.C.P. de 13 y 12 años de edad, respectivamente, en sus bicicletas observando por curiosidad lo que ocurría. Luego, un funcionario de carabineros, procedió a detener a ambos niños, quienes pese a su edad, fueron llevados hasta un árbol del bandejón central de avenida Colón, exigiéndoles que se arrodillaran con las piernas cruzadas y las manos detrás de la cabeza”.
“Acto seguido fueron conducidos esposados hasta el calabozo del furgón policial que los trasladó hasta la Prefectura de Carabineros, recibiendo un trato indigno en su condición de niños, tanto por las acciones descritas como por las expresiones verbales que dirigían hacia ellos, haciéndolos callar usando la frase ‘cállate mierda’, y burlándose de ellos, diciendo que estaban ahí detenidos por ‘huevones’”, añade.
“A continuación –prosigue–, los niños fueron trasladados al Hospital Clínico de esta ciudad por los funcionarios de Carabineros, quienes actuaron abusando de sus funciones, el Sargento 2° Vicente Fernández Bolaño, el cabo 2° Ignacio Quezada de la Fuente y el cabo 2° Paulo Tenorio Almonacid, en la misma condición de detenidos y esposados a fin de constatar lesiones, una vez que llegaron al Hospital, el Cabo Paulo Tenorio Almonacid les exigió que giraran mirando hacia la pared con las manos detrás de la cabeza, vulnerándolos mientras estaban detenidos y esposados. Durante todo este período los niños experimentaron miedo y nerviosismo. La detención de J.A.A.H y G.P.C.P terminó luego de casi 7 horas, aproximadamente a las 12 a 01 de la madrugada, del día siguiente, cuando ambos niños fueron entregados a su familia. Como consecuencia de esta experiencia, los niños presentaron miedo agudo”.