TOP de Temuco condena a 5 años y un día de presidio efectivo a autor de abuso sexual infantil en Lonquimay

22-enero-2024
En fallo unánime, el tribunal aplicó las penas especiales de sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal; la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidas en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad, y la prohibición de aproximarse a la ofendida y de visitar su domicilio o establecimiento educacional por el tiempo que dure la condena.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco condenó a A.L.B.M. a la pena de cumplimiento efectivo de 5 años y un día de presidio, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, la inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos y la inhabilitación para profesiones titulares durante el tiempo de la condena, en calidad de autor del delito consumado y reiterado de abuso sexual infantil. Ilícito perpetrado entre marzo y agosto de 2022, en la comuna de Lonquimay.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Rocío Pinilla Dabbadie (presidenta), Javier Bascur Pavez y José Ignacio Rau Atria (redactor)– dio por establecido, más allá de toda razonable, que un día no precisado de marzo de 2022, en el interior de un domicilio de la comuna de Lonquimay, el acusado procedió a realizar actos de significación sexual y relevancia en contra de la víctima, una menor de 11 años a la época de los hechos, “indicándole que no contare lo sucedido si no le haría lo mismo a su hermana o algo a su mamá”.

Posteriormente, en fecha no precisada de agosto de 2022, en el interior del mismo domicilio, el condenado le efectuó tocamientos indebidos a la niña, por debajo de su ropa.

A.L.B.M. deberá cumplir, además, las penas especiales de sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal; la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidas en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad, y la prohibición de aproximarse a la ofendida y de visitar su domicilio o establecimiento educacional por el tiempo que dure la condena.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

Noticia con fallo