TOP de Temuco condena a 13 años de presidio a autor de abuso sexual y violación infantil

19-enero-2024
En fallo unánime, el tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente entre el 21 de enero de 2019 y agosto de 2021, agredió sexualmente a la víctima, nacida enero de 2009.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco condenó a C.A.F.S. a la pena única de 13 años de presidio efectivo, accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos mientras dure la condena, en calidad de autor de los delitos consumados de violación y abuso sexual reiterado de menor de 14 años de edad. Ilícitos perpetrados entre enero de 2019 y agosto de 2021, en la comuna de Cunco.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Etienne Felley Bertholet (presidente), José Ignacio Rau Atria (redactor) y Francisco Boero Villagrán– dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente entre el 21 de enero de 2019 y agosto de 2021, agredió sexualmente a la víctima, nacida en enero de 2009.

La primera agresión se registró en el domicilio de la víctima, ubicado en comuna de Cunco, “(…) lugar donde el acusado residía atendido a que era primo de la víctima y abusando de la confianza depositada por la familia efectuó actos de relevancia y significación sexual en su contra consistentes en tocamientos con sus manos en (…) de la menor por bajo sus vestimentas, tocamientos que se repitieron en varias ocasiones en dicho inmueble”.

Posteriormente y cuando víctima tenía 11 años, en el domicilio del abuelo de ambos, C.A.F.S. procedió a violarla, “señalándole que si le decía a alguien la iba a matar”.

Asimismo, el tribunal le impuso a C.A.F.S. las penas especiales de sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena impuesta; la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad, y la prohibición de acercarse a la víctima, su domicilio o lugar de estudios o trabajo en un radio de 50 metros, por el tiempo que dure la condena.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

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