La Corte de Apelaciones de Arica rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa en contra de la sentencia que condenó a Fernando Fabián Díaz Anziani a la pena de 6 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito frustrado de homicidio simple. Ilícito perpetrado en abril del año pasado.
En fallo unánime (causa rol 877-2023), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros María Verónica Quiroz Fuenzalida, Marco Antonio Flores Leyton y el abogado (i) Ricardo Oñate Vera– descartó error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Arica.
“(…) estos juzgadores no pueden sino compartir plenamente lo expresado por los jueces de fondo en orden a que es de toda lógica que en un ataque como el ocasionado en el caso de marras se produzcan lesiones, pero no por ello el ilícito puede mutar al tipificado en el artículo 397 N°2 del Código Penal, como lo pretende el recurrente, pues dada la magnitud de las lesiones ocasionadas a la víctima y el medio empleado para ello, el acusado no podía menos que representarse que con su actuar pudo haber ocasionado la muerte de aquella, máxime que, tal como quedó consignado en el considerando decimotercero, el enjuiciado prosiguió con su actuar doloso, aun cuando la víctima ya se encontraba inconsciente debido a los golpes que le fueron propinados”, sostiene el fallo.
La resolución agrega: “Que en nada altera lo anteriormente razonado la lectura parcializada, del informe emitido por el médico legista efectuada por el defensor en la audiencia; toda vez que la prueba pericial, que pretendió incorporar el recurrente en esta Corte, carece de todo valor probatorio; pues tal probanza no está constituida por el informe propiamente tal, sino que por la declaración del perito rendida en el juicio, tal como expresamente lo dispone el artículo 315 del Código Procesal Penal”.
El fallo de primera instancia dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en horas de la tarde del 13 de abril de 2023, en un inmueble ubicado en calle Cauquenes de la ciudad de Arica, Díaz Anziani agredió con un elemento contundente a la víctima M.C.M.A. en la cabeza, provocándole “una lesión potencialmente mortal, consistente en hemorragia epidural, calificada médicamente como grave”.