La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección interpuesto por el sostenedor y le ordenó a la empresa eléctrica Enel Distribución Chile SA, realizar una auditoría para determinar correctamente la facturación de consumo de energía a obrar a establecimiento educacional de Quilicura.
En fallo unánime (causa rol 11.429-2023) la Séptima Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Antonio Ulloa, Sergio Córdova y el abogado (i) Michael Camus– estableció el actuar arbitrario e irracional de la demandada al pasar sin explicación de cobrar mensualmente, en promedio, un millón de pesos, a facturar más 74 millones al colegio.
“Que, en síntesis, lo que denuncia la recurrente es que Enel Distribución Chile S.A. ha procedido a efectuar un cobro excesivo por consumo de energía eléctrica, el que no se ajusta a la realidad ni al historial de pagos realizados por ella en los meses previos al cobro que se denuncia, vulnerando con ello la garantía del derecho de propiedad consagrado en el artículo 19 N°24 de la Constitución Política de la República”, plantea el fallo.
La resolución agrega: “Que, la recurrida reconoce haber girado las facturas en el monto que alega la recurrente, sin embargo, indica que ello se debió a la imposibilidad de medir los consumos eléctricos realizados, toda vez que el medidor se encontraba bajo llave al momento de concurrir los funcionarios a efectuar las lecturas”.
“Que, sin perjuicio de lo anterior, salta a la vista la desproporción de los cobros contenidos en las facturas emitidas por la recurrida, de lo que se concluye que en los hechos ha existido un actuar carente de razonabilidad al efectuar los cobros, lo que deriva en un actuar arbitrario, que ha vulnerado el derecho de propiedad que ampara a la recurrente, lo que impone a estos sentenciadores la decisión de acoger la acción deducida, en los términos que se dirá”, concluye el fallo.
Por tanto, se resuelve que: “SE ACOGE, sin costas, el recurso de protección interpuesto en favor de Fundación Educacional Atlántico, en su calidad de sostenedora del Colegio San Pedro de Quilicura, en contra de Enel Distribución Chile S.A., para el solo efecto de que esta última realice una auditoría para la correcta determinación de los montos a facturar por los períodos objeto del presente recurso”.