Corte Suprema modifica auto acordado sobre aplicación de efectos civiles de Convenio de La Haya en caso de sustracción de niños y niñas

05-diciembre-2023
La Corte Suprema acordó adecuar el Acta 25-2015 que modifica y refunde texto del auto acordado sobre procedimiento aplicable al Convenio de La Haya relativo a los efectos civiles de la sustracción internacional de niños y niñas, respecto del recurso para impugnar las resoluciones sobre dicha materia.

La Corte Suprema acordó adecuar el Acta 25-2015 que modifica y refunde texto del auto acordado sobre procedimiento aplicable al Convenio de La Haya relativo a los efectos civiles de la sustracción internacional de niños y niñas, respecto del recurso para impugnar las resoluciones sobre dicha materia.

Por tanto, el artículo 12 quedará en los siguientes términos:
Artículo 12. La sentencia definitiva será impugnable a través del recurso de apelación, el que deberá interponerse dentro del plazo de cinco días hábiles, contados desde la notificación respectiva. El recurso será distribuido por el Presidente de la Corte dentro de los cinco días hábiles siguientes a su ingreso, sin esperar la comparecencia de las partes, y se conocerá en cuenta, salvo que estas soliciten alegatos, caso en el cual se agregará preferentemente a la tabla.
Contra la sentencia que se pronuncie sobre el recurso de apelación procederá recurso de casación, el que tendrá preferencia para su puesta en tabla y vista.
Las demás resoluciones que se dicten durante la substanciación del procedimiento solo serán susceptibles de recurso de reposición”.

VER RESOLUCIONES (PDF)
Acta 205-2015
Modificación