Corte de La Serena confirma multas aplicada a supermercado por vulnerar días de descanso y feriados

04-diciembre-2023
En fallo unánime la Primera Sala del tribunal de alzada desestimó los argumentos de la recurrente por considerar que la empresa infringió artículos del Código del Trabajo sobre días de descanso y feriados.

La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la empresa Santa Isabel Administradora S.A., que buscaba dejar sin efecto o rebajar las dos multas de 60 UTM (unidades tributarias mensuales), que le aplicó la Inspección Provincial del Trabajo por hacer coincidir días de descanso compensatorio con un feriado irrenunciable.

En fallo unánime (causa rol 196-2023), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Sergio Troncoso Espinoza, Iván Corona Albornoz y el abogado (i) Enrique Labarca Cortés– desestimó los argumentos de la recurrente por considerar que la empresa infringió los artículos 38, inciso tercero, y 38 ter del Código del Trabajo sobre días de descanso y feriados.

Para el tribunal de alzada: “(…) conforme lo analizado y la determinación fáctica concluida por el juez del fondo, resulta indudable que, conforme se analizó en la motivación séptima, lo que en el caso concreto se hizo fue justamente establecer un sistema de turnos que hace coincidir el día de descanso semanal con un feriado obligatorio”.

La resolución agrega que: "(…) el empleador, Santa Isabel Administradora S.A., se organizó de tal forma que finalmente se hiciera ilusorio el uso de los feriados obligatorios que la normativa legal establece para lo cual organizó sus turnos a objeto de hacer coincidir los días de descanso compensatorio con un feriado obligatorio, lo cual no acontece por ‘mera coincidencia’, conforme se sostiene reiteradamente en el recurso de nulidad, sino que es realizado ex profeso, lo cual, evidentemente, conforme lo resolvió correctamente el juez de la instancia, importa una infracción a las normas legales que el recurrente estima infringidas”.

Por tanto, se resuelve: “se rechaza, con costas, el recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de fecha sentencia de cinco de junio de dos mil veintitrés dictada por don Gonzalo Alberto Martínez Merino, juez destinado del Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena, la cual no es nula”.

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