Corte Suprema acoge recurso de amparo y ordena nueva evaluación de solicitud de regularización migratoria

02-noviembre-2023
En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal acogió recurso de amparo y le ordenó al Servicio Nacional de Migraciones emitir un nuevo pronunciamiento sobre solicitud de regularización extraordinaria, debidamente fundada, presentada por el amparado.

La Corte Suprema acogió recurso de amparo y le ordenó al Servicio Nacional de Migraciones emitir un nuevo pronunciamiento sobre solicitud de regularización extraordinaria, debidamente fundada, presentada por el amparado.

En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Haroldo Brito, Jorge Dahm, Diego Simpértigue y las abogadas (i) Leonor Etcheberry y Carolina Coppo– estableció el actuar arbitrario de la autoridad recurrida, al denegar el trámite sobre la base de antecedente penal país de origen del recurrente, sin considerar su arraigo en Chile.

“Que, se encuentra demostrado que el amparado tiene arraigo familiar, pues vive desde hace más de ocho años en Chile, junto a su hijo y pareja, sin que registre, desde la condena del año 2011, otro tipo de antecedentes penales”, plantea el fallo.

La resolución agrega: “Que, además, la resolución que rechaza la solicitud de regularización extraordinaria, no consideró la actual situación familiar y social del amparado, asilándose en criterios formales, máxime si la sanción de expulsión de que fue objeto en su oportunidad, fue dejada sin efecto por esta Corte en recurso Rol 23-2019 de la Corte de Apelaciones de La Serena y que la determinación recurrida provoca la separación familiar del actor con sus hijos”.

“Que, en ese estado de cosas, aparece que la resolución ilegal, por desproporcionada, puesto que las circunstancias en que se encuentra la amparada demuestran un arraigo familiar, laboral y social que la autoridad recurrida no ha considerado al resolver la solicitud”, añade.

En efecto, los hechos asentados en el motivo segundo dan cuenta de su arraigo en el territorio nacional, por cuanto tiene una familia y un contrato de trabajo, que permite aseverar que se encuentra incorporada a la sociedad chilena desde un punto de vista migratorio y familiar”, concluye.

Por tanto, se resuelve que: “se revoca la sentencia apelada de cinco de octubre de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de La Serena, en el Ingreso Corte N° 356-2023 y, en su lugar, se declara que se acoge la acción constitucional interpuesta en favor de (…), por lo que se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 23067327 de fecha 07 de marzo de 2023, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones, debiendo la autoridad migratoria pronunciarse nuevamente sobre dicha solicitud, mediante resolución debidamente fundada”.