CARREÑO BARROS, GABRIELA SOLEDAD


TERCERA CATEGORÍA

Número de la Nota Nombre del Funcionario Glosa de la Nota
1 CARREÑO BARROS, GABRIELA SOLEDAD 3) Arts. 266 y 285 C.O.T. En ejercicio de las facultades conferidas por Acuerdo del Tribunal Pleno, de 3 de noviembre de 2009, según consta del Acta N° 281-2009, el señor Presidente de la Excma. Corte Suprema, por resolución de 2 de octubre de 2012, dictada en Antecedentes Administrativos Rol N° AD-1242-2012, declara la incorporación de doña Gabriela Soledad Carreño Barros, Relatora Titular de la Corte de Apelaciones de San Miguel, a la Tercera Categoría del Escalafón Primario del Poder Judicial, a contar del 2 de marzo de 2012, al haber enterado la exigencia de cinco años de desempeño efectivo e ininterrumpido en la función de Relator de Corte de Apelaciones.
1 CARREÑO BARROS, GABRIELA SOLEDAD 1) Arts. 266 y 285 C.O.T. En ejercicio de las facultades conferidas por Acuerdo del Tribunal Pleno, el señor Presidente de la Excma. Corte Suprema, por resolución de 28 de Octubre de 2009, dictada en Antecedentes Administrativos AD-1532-2009, le reconoce a doña Gabriela Soledad Carreño Barros, Relatora Titular de la Corte de Apelaciones de San Miguel, el tiempo de desempeño ininterrumpido como Relatora Interina, entre el 1 de Marzo de 2007 y el 26 de Mayo de 2009, retrotrayendo al 1 de Marzo de 2007 su incorporación a la Quinta Categoría del Escalafón Primario del Poder Judicial, para los efectos previstos en el inciso noveno del artículo 285 del Código Orgánico de Tribunales. (Excma. Corte Suprema - Oficio N° 7493, de 28 de Octubre de 2009). 2) Arts. 266 y 285 C.O.T. En ejercicio de las facultades conferidas por Acuerdo del Tribunal Pleno, de 3 de Noviembre de 2009, según consta del Acta N° 281-2009, el señor Presidente de la Excma. Corte Suprema, por resolución de 5 de Julio de 2010, dictada en Antecedentes Administrativos AD-768-2010, declara la incorporación de doña Gabriela Soledad Carreño Barros, Relatora Titular de la Corte de Apelaciones de San Miguel, a la Cuarta Categoría del Escalafón Primario del Poder Judicial, a contar del 2 de Marzo de 2010, al haber enterado la exigencia de tres años de desempeño efectivo e ininterrumpido en la función de Relator de Corte de Apelaciones.
Última actualización: 25-01-2021 08:01:07