TOP de Talca condena a 14 años y 17 años de presidio efectivo a autores de homicidio calificado

10-octubre-2023
El tribunal aplicó, además, a Robertson Earl, Marabolí Gutiérrez y Ávila Adasme las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena. Además del pago de las costas de la causa, y el comiso del dinero incautado y la camioneta.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca condenó a Jhon Gabriel Robertson Earl y Erasmo Enrique Marabolí Gutiérrez a la pena de 17 años de presidio efectivo;  y a Carolina Andrea Ávila Gutiérrez a 14 años de presidio efectivo, todos en calidad de autores del delito de homicidio calificado. Ilícito perpetrado en febrero de 2022, en la comuna de San Clemente.

En fallo unánime (causa rol 88-2023), el tribunal –integrado por los magistrados Gretchen Demandes Wolf  (presidenta), Rodrigo Tordecilla Gaete y Cristian Barrientos González  (redactor)– dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en horas de la tarde del 13 de febrero de 2022, mientras la víctima Ulises Leopoldo Valenzuela  López se encontraba en su residencia, en el sector de Mariposas de la comuna de San Clemente; los acusados Jhon Gabriel Robertson Earl y Erasmo Enrique Marabolí Gutiérrez se dirigieron al lugar premunidos de al menos un cuchillo y vestimentas que dificultara su identificación con la intención de darle muerte, luego de haber recibido de parte de Carolina Andrea Ávila Adasme una promesa de pago de una suma de varios millones de pesos para quitarle la vida.

Previo a ello, los tres condenados se reunieron en un restaurant ubicado en San Clemente, desde donde se movilizaron hacia el domicilio de la víctima en una camioneta que había sido adquirida días previos por Ávila Adasme.

Una vez en el lugar, Robertson Earl y Marabolí Gutiérrez le propinaron diversas estocadas a la víctima,  tales como, una herida cortante en la región anterior del cuello; una herida cortante a nivel de tórax anterior en región pectoral izquierda, una herida cortante sobre el segundo y tercer espacio intercostal izquierdo que perforó la cavidad torácica; una herida cortante compuesta por dos estocadas que confluyen en un mismo punto a nivel del quinto espacio intercostal de la zona pectoral que perforó el tercer arco costal fracturándolo y penetrando en la cavidad torácica, perforando el corazón. Producto de las lesiones, la víctima resultó con un shock hipovolémico, que le provocó la muerte en el lugar.

Posteriormente, en horas de la mañana del día 14 de febrero de 2022, personal de Brigada de Homicidios de la PDI, debidamente autorizados, ingresaron al domicilio de Robertson Earl, lugar donde se procedió a su detención. En el registro del automóvil que mantenía estacionado en el inmueble se encontró la suma de $1.000.000, en dinero en efectivo.

El tribunal aplicó, además, a Robertson Earl, Marabolí Gutiérrez y Ávila Adasme las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena. Además del pago de las costas de la causa, y el comiso del dinero incautado y la camioneta.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado,  el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

En tanto, en la demanda civil deducida en contra de Ávila Adasme, el tribunal acogió la acción judicial y condenó al pago de 40 millones de pesos, a modo de indemnización de perjuicios  por concepto de daño moral.

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