El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puerto Montt dictó veredicto condenatorio en contra de Álex Rodrigo Mansilla Santana, en calidad de autor del delito consumado de maltrato animal. Ilícito perpetrado en junio de 2020, en la Carretera Austral.
En resolución unánime (causa rol 90-2023), el tribunal –integrado por los magistrados Andrés Villagra Ramírez (presidente), Patricia Miranda Alvarado (redactora) y Francisco del Campo Toledo– tras la deliberación de rigor, dio por acreditado tanto la ocurrencia del delito como la participación culpable de Mansilla Santana en los hechos.
El tribunal, sobre la base de las pruebas rendidas, arribó a la convicción, más allá de toda duda razonable, que: “el día 20 de Junio de 2020, ÁLEX RODRIGO MANSILLA SANTANA, realizó actos de maltrato animal, en el domicilio ubicado en la ruta 7 carretera austral kilómetro 13 (…), Puerto Montt, consistentes en ahorcar con una soga atada a un árbol, al can de nombre ‘la chiqui’, de propiedad de Braulio Andrade Ascencio y de Claudio Enestor Ojeda Ulloa, y la dejó abandonada colgando en dicho lugar, siendo posteriormente encontrada fallecida por Claudio Ojeda, en esa posición”.
“Que la prueba producida por el acusador fiscal, durante la audiencia de este juicio oral, ha logrado superar la presunción de inocencia que ampara al acusado, permitiendo conducir al tribunal a la convicción –más allá de toda duda razonable– de que a éste, le ha correspondido una participación culpable y penada por la ley, en calidad de AUTOR del hecho punible anteriormente descrito, toda vez que ha tomado parte en la ejecución de los mismos, de una manera inmediata y directa, en la forma que describe el artículo 15 Nº1 del Código Penal”, consigna el acta de deliberación.
“Que, como se ha reseñado –continúa–, el tribunal ha formado su convicción sobre la base de la prueba producida durante el juicio oral, teniendo como fundamentos principales para ello, las impresiones de la víctimas, funcionarios policiales que depusieron en audiencia, antecedentes que debidamente relacionados con los otros elementos de juicio incorporados –prueba documental y fijaciones fotográficas– han logrado la convicción en el sentido expuesto”.
“Que por los motivos que se detallarán en el fallo que al efecto se dicte, se rechazan las alegaciones de la Defensa en orden a absolver a su representado”, agrega.
La audiencia de comunicación de la sentencia –que será redactada por la jueza Patricia Miranda– quedó programada para las 20 horas del martes 1 de agosto próximo.