Corte Suprema declara inadmisible solicitud de remoción de fiscal regional de Biobío

10-mayo-2023
“Que, abordando el antedicho examen de admisibilidad, una revisión formal del libelo permite evidenciar que la parte requirente no acompañó, ni ofreció en su presentación, los medios de prueba de que se valdrá para demostrar los hechos en que se funda la causal de remoción invocada.”,  dice la decisión

El Pleno de la Corte Suprema declaró inadmisible una solicitud de remoción de la fiscal regional del Biobío, Marcela Cartagena Ramos, presentada por un grupo de diputados.

En la decisión, analizada por el Pleno del máximo tribunal el 8 de mayo pasado, la Corte Suprema sostiene que el requerimiento no entrega medios de prueba de las supuestas inconductas de la autoridad requerida, por lo que no puede ser admitida a tramitación, ya que lo anterior es requisito esencial para iniciar el proceso y que la requerida ejerza su derecho a defensa.

“Que, abordando el antedicho examen de admisibilidad, una revisión formal del libelo permite evidenciar que la parte requirente no acompañó, ni ofreció en su presentación, los medios de prueba de que se valdrá para demostrar los hechos en que se funda la causal de remoción invocada.”,  dice la decisión

Agrega: “Que la anomalía antes anotada tiene trascendencia en lo que aquí se revisa, por cuanto tal exigencia debía necesariamente cumplirse con la presentación del requerimiento de remoción. No solo porque así aparece del tenor literal del inciso 3° del artículo 53 de la Ley N°19.640, sino porque, además, el inciso 4° de la referida norma ordena que, una vez evacuado el traslado, se citará a una audiencia de prueba donde deberá rendirse aquella que se hubiere ofrecido. Y tampoco podría entenderse de manera distinta, pues tales antecedentes probatorios deben ser conocidos por la recurrida al momento de evacuar el traslado y ofrecer su propia prueba, para resguardar el correcto ejercicio de su derecho a defensa.”

“Que, por las razones expuestas, el libelo de remoción incumple los requisitos legales para ser declarado admisible”.

La decisión fue adoptada con el voto en contra de ocho ministras y ministros que estuvieron por acoger a tramitación la solicitud.