Juzgado de Garantía de Temuco deja con arraigo, firma y prohibición de acercarse a las víctimas a militares imputados por tortura

30-marzo-2023
En la audiencia de formalización el magistrado Alfredo Cox Castro desestimó la prisión preventiva solicitada por el Ministerio Público, al considerar que no se justifica la privación de libertad de los imputados, los que cuentan con irreprochable conducta anterior y se presentaron voluntariamente al procedimiento. Además, fijó en cuatro meses el plazo de investigación.

El Juzgado de Garantía de Temuco dejó hoy –jueves 30 de marzo– sujetos a las medidas cautelares de arraigo nacional, firma mensual y la prohibición de acercarse a las víctimas a los efectivos del Ejército: el teniente Juan Carlos Calvo Oróstica; el sargento segundo Enrique Alejandro Quintana Bastías; los cabos primero Patricio Fabián Fuentes Gatica, Isaías Osvaldo Illanes Aguilera y Daniel Esteban Guarda Peña; los cabos segundo Claudio Matías Millalén Correa, Matías Eduardo Matamala Osorio, y el alférez Walter Francisco Balboa Cid, imputados por el Ministerio Público como autores del delito consumado de tortura. Ilícito perpetrado en octubre de 2019, en la ciudad.

En la audiencia de formalización (causa rol 11.198-2019), el magistrado Alfredo Cox Castro desestimó la prisión preventiva solicitada por el Ministerio Público, al considerar que no se justifica la privación de libertad de los imputados, los que cuentan con irreprochable conducta anterior y se presentaron voluntariamente al procedimiento. Además, fijó en cuatro meses el plazo de investigación.

Según el ente persecutor, aproximadamente a las 22:30 horas del 22 de octubre de 2019, las víctimas, R.I.G.Q. y C.F.C.M., se encontraban participando en una manifestación pública, en el contexto del denominado estallido social, en la intersección de las calles San Martín y Andes de Temuco. Lugar al que arribaron efectivos del Ejército, a bordo de vehículos institucionales, quienes procedieron a detener a los jóvenes.

Una vez reducido, obligaron a R.I.G.Q., en medio de golpes, a arrodillarse y pedir disculpas a viva voz  a los vecinos del sector por estar protestando. Luego, maniataron a las víctimas y, en uno de los vehículos en que se desplazaban, las llevaron hasta el Cementerio General de Temuco, lugar donde las obligaron a apoyar la frente en uno de los muros de la necrópolis y, en medio de golpes e insultos, volvieron a exigirles que pidieran “disculpas al país por protestar”. Finalmente y siempre ubicadas las víctimas de cara a la pared, los soldados manipularon las armas que portaban, simularon un fusilamiento y, en medio de patadas, les ordenó que se retiraran del lugar, sin mirar tras, bajo la amenaza de dispararles a matar. Los integrantes de la patrulla militar no dieron cuenta a la autoridad policial de la detención de las víctimas.

A consecuencia de la golpiza, R.I.G.Q. resultó con una contusión costal, causado por el golpe propinado por un de los imputados con un fusil, entre otras lesiones; en tanto, C.F.C.M. resultó con equimosis en la región dorsal intercostal derecha, en la fosa ilíaca derecha y eritema en la región lumbar. Lesiones catalogadas clínicamente como de carácter leve.

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