TOP de Chillán condena a 7 años de presidio a pastor evangélico por abuso sexual en Quirihue

27-marzo-2023
En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Raúl Romero (presidente), Jorge Muñoz y Juan Pablo Lagos (redactor)– aplicó, además, a J.E.R.R. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán condenó a J.E.R.R. a la pena única de 7 años de presidio efectivo, en calidad de autor de dos delitos consumados de abuso sexual de menor de 14 años  de edad y un delito consumado de abuso sexual de mayor de 14. Ilícitos perpetrados en 2008 y 2011, en la comuna de Quirihue.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Raúl Romero (presidente), Jorge Muñoz  y Juan Pablo Lagos (redactor)– aplicó, además, a J.E.R.R. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Asimismo, el tribunal impuso a J.E.R.R. las penas especiales de interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa, la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal y la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable que, el acusado J.E.R.R. abusando de su calidad de pastor de una iglesia evangélica de la comuna de Quirihue, realizó, durante 2008, actos de significación y relevancia sexual en contra de las víctimas, dos menores nacidas en 1996 y 1995, respectivamente. Delito que reiteró en contra de la segunda víctima, en 2011, cuando la menor tenía 16 años de edad.

 

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