Corte de Santiago confirma multa a empresa distribuidora de electricidad por deficiencias de servicio

03-marzo-2023
En fallo unánime, la Tercera Sala del tribunal de alzada confirmó la multa por 43.200 UTM aplicada por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles a la empresa eléctrica Enel Distribución Chile S.A. por infringir gravemente la continuidad y calidad del servicio de suministro de energía entre enero y diciembre de 2020, en las comunas de Independencia, La Cisterna, Lo Espejo, Lo Prado, Maipú, Pedro Aguirre Cerda, Quinta Normal y Lampa.

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la multa por 43.200 UTM aplicada por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) a la empresa eléctrica Enel Distribución Chile S.A. por infringir gravemente la continuidad y calidad del servicio de suministro de energía entre enero y diciembre de 2020, en las comunas de Independencia, La Cisterna, Lo Espejo, Lo Prado, Maipú, Pedro Aguirre Cerda, Quinta Normal y Lampa.

En fallo unánime (causa rol 477-2022), la Tercera Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Alejandro Rivera, la ministra Jenny Book y el abogado (i) Michael Camus– descartó actuar arbitrario e ilegal de la autoridad fiscalizadora al sancionar a la reclamante.

“Que, en razón de lo expresado en los motivos precedentes, no resultan atendibles las peticiones subsidiarias de reenvío a la reclamada para la evaluación de la conducta de la actora y rebaja de la multa, como también la de recalificación de la entidad de la infracción”, sostiene el fallo.

La resolución agrega: “Finalmente, tampoco resulta procedente rebajar el monto de la multa aplicada, por estimarse que existe proporcionalidad entre la que ha sido impuesta y la gravedad de la infracción, por las razones anteriormente expresadas”.

“Que, de acuerdo a lo expuesto, se concluye que la Superintendencia de Electricidad y Combustibles supeditó su actuar conforme a la regulación pertinente en la materia, en razón a que ha procedido dentro del ámbito de sus atribuciones, mediante actos fundados que informan adecuadamente los hechos que los motivan, señalando aquellos que constituyen transgresiones a la normativa vigente e indicando de manera precisa las disposiciones incumplidas, haciéndose cargo de cada una de las defensas hechas valer por la reclamante, respetándose el debido proceso, no avizorándose en consecuencia, ilegalidad en su actuar en la dictación de la Resolución Exenta N° 11.969 de 26 de abril de 2022, confirmada mediante Resolución Exenta N° 35.447 de 1 de septiembre de 2022, razón por la que la reclamación formulada será desestimada”, concluye.

Por tanto, se resuelve que: “se rechaza, la reclamación interpuesta por don Carlos Freude Moreno, en representación de Enel Distribución Chile S.A., en contra de la Resolución Exenta N° 35.447, de 1 de septiembre de 2022, dictada por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles que rechazó su recurso de reposición y confirmó la Resolución Exenta N° 11.969, de fecha 26 de abril de 2022, sin costas”.

Noticia con fallo