Séptimo TOP de Santiago condena a 6 años de presidio a autor del delito de robo en lugar habitado

23-septiembre-2022
En fallo unánime, el tribunal condenó a Miguel Ángel Barrios Rojas a la pena de cumplimiento efectivo de 6 años de presidio, en calidad de autor del delito consumado de robo en lugar habitado. Ilícito cometido en la comuna de La Florida, en junio del año pasado.

El Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Miguel Ángel Barrios Rojas a la pena de cumplimiento efectivo de 6 años de presidio, en calidad de autor del delito consumado de robo en lugar habitado. Ilícito cometido en la comuna de La Florida, en junio del año pasado.

En fallo unánime (causa rol 92-2022), el tribunal –integrado por los jueces José Santos Pérez Anker (presidente), Cristián Soto Galdames y Cristina Cabello Muñoz (redactora)– aplicó, además, a Barrios Rojas las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 23:15 horas del 27 de junio de 2021, “BARRIOS ROJAS encontrándose en su domicilio ubicado en Avenida La Florida 8891, comuna La Florida, salta el cierre perimetral de su domicilio ingresando de esta forma al domicilio ubicado en Santa Julia 1294 comuna de La Florida, habitado por don José Fernando Rojas Ascencio y su grupo familiar, para luego, una vez en su interior, sustraer una bicicleta que se encontraba en el interior, de propiedad de Juan Enrique Villalobos Bastías, momento en que el acusado escala nuevamente el muro del cierre perimetral con la especie en su poder, apropiándosela con ánimo de lucro y contra la voluntad de su dueño, siendo detenido e incautada la especie en su domicilio de Avenida La Florida 8891 La Florida por personal de Carabineros”.

En la determinación del quantum de la sanción a imponer a Barrios Rojas, el tribunal tuvo presente que: “La pena asignada al delito es de presidio mayor en su grado mínimo”.
“El delito se encuentra en grado consumado y le ha cabido al acusado responsabilidad en calidad de autor.”, añade. 

“No concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad que considerar, por lo cual el Tribunal se encuentra facultado para recorrer toda la extensión de la pena señalada por la ley al delito. Atendida dicha facultad, y teniendo en especial consideración que la propiedad a la cual hizo ingreso el acusado mediante escalamiento corresponde a una casa colindante a la propia, tratándose de casas vecinas y separadas por un muro perimetral se entiende un mayor disvalor en la conducta ya que se viola la confianza que debe existir, a lo menos con el vecino directo en una relación de vecindad, por lo que no se accederá a la pretensión de la defensa de imponer la pena en el mínimo del grado señalado por el legislador”, concluye.

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