Corte de Arica condena a la Subsecretaría de Prevención del Delito por despido injustificado de funcionaria

22-junio-2022
La Corte de Apelaciones de Arica acogió el recurso de nulidad interpuesto por la defensa y, en sentencia de reemplazo, acogió parcialmente la demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones de funcionaria desvinculada de la Subsecretaría de Prevención del Delito.

La Corte de Apelaciones de Arica acogió el recurso de nulidad interpuesto por la defensa y, en sentencia de reemplazo, acogió parcialmente la demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones de funcionaria desvinculada de la Subsecretaría de Prevención del Delito.

En fallo dividido (causa rol 36-2022), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros José Delgado Ahumada, Marcelo Urzúa Pacheco y la abogada (i) Claudia Moraga Contreras– anuló la sentencia recurrida, dictada por el Segundo Juzgado de Letras de Arica, tras establecer que el despido de la funcionaria fue arbitrario e injustificado.

“Tratándose la relación entre las partes de una relación laboral, no puede más que concluirse que su término el día 30 de septiembre de 2021, corresponde a un despido, como acto unilateral e irrevocable de su empleador, y que le fue comunicada el 21 de septiembre de 2021, sin dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 162 del Código del Trabajo”, sostiene el fallo.

“Entonces, sin que se acreditase ni menos se alegasen en la causa los hechos en que se afinca el empleador para el término de la relación laboral, ya que la sola misiva es insuficiente, este despido debe ser declarado como injustificado, debiendo ser condenada la demandada al pago de las indemnizaciones del artículo 168 del Código del Trabajo, esto es, indemnización sustitutiva del aviso previo, más indemnización por años de servicios, esta última con un recargo del 50%, como está solicitado en la causa, teniendo como base de cálculo una remuneración mensual ascendente a la suma de $1.182.447”, añade.

Por tanto, se resuelve en la sentencia de reemplazo:

“I. Que se acoge parcialmente la demanda deducida por MARÍA PAZ CAROLINA PACHECO PÁEZ, en contra de la SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN DEL DELITO-MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA, representado por el FISCO DE CHILE y el CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO, a través de su Abogada Procuradora Fiscal, ANA CORTÉS ESPEJO, declarándose la existencia entre las partes de una relación laboral, vigente desde el 24 de noviembre de 2019 y hasta el 30 de septiembre de 2021, y como injustificado el despido de la actora, siendo condenada la demandada al pago de las siguientes prestaciones, rechazándose en lo demás:

  1. $1.182.447 por indemnización sustitutiva del aviso previo.
  2. $2.364.894 por indemnización por años de servicios.
  3. $1.182.447 por recargo legal del 50% de la indemnización por años de servicios.
  4. $98.537 por feriado legal proporcional.
  5. Que las sumas ordenadas pagar deberán serlo con los intereses y reajustes de los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo.

III. Que no se condena en costas a la demandada al no haber sido totalmente vencida”.

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