Corte de Apelaciones de Copiapó dicta orden de no innovar y suspende proceso de licitación del litio

14-enero-2022
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En fallos unánimes, la Primera Sala del tribunal de alzada acogió la solicitud del gobernador regional de Atacama y de comunidades indígenas, respectivamente, y dio un plazo de de 10 días para que la parte recurrida evacue un informe sobre la materia.

La Corte de Apelaciones de Copiapó dio por interpuestos hoy –viernes 14 de enero– sendos recursos de protección, dictó orden de no innovar y dispuso la inmediata suspensión del proceso de selección y adjudicación del proceso de licitación pública nacional e internacional para la exploración y explotación de yacimientos de litio.

En fallos unánimes (causas roles 9-2022 y 10-2022), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por la ministra Marcela Araya Novoa, el fiscal judicial Carlos Meneses Coloma y la abogada (i) Verónica Álvarez Muñoz– acogió las solicitudes del gobernador regional de Atacama y de comunidades indígenas, respectivamente, y dio un plazo de de 10 días para que la parte recurrida evacue un informe sobre la materia.

“Téngase por interpuesto recurso de protección. Pídase informe a los recurridos (ministro de Minería y subsecretario de minería), el que deberá evacuarse dentro de décimo día, debiendo acompañar todos los antecedentes que obren en su poder”, ordena la corte copiapina.

“Ofíciese a efectos de notificar a la recurrida por la vía más expedita de la interposición del presente recurso y la concesión de orden de no innovar, adjuntando copia del recurso y de la presente resolución”, añade.

VER RESOLUCIONES (PDF)
Causa rol 9-2022
Causa rol 10-2022
Noticia con fallo