TOP de Castro condena a 13 años de presidio efectivo a profesor por violación y abuso sexual infantil

26-octubre-2021
En fallo unánime, el tribunal impuso a R.G.R.A. las penas accesorias especiales de interdicción del derecho de ejercer la guarda; de ser oído como pariente en los casos que la ley designa; sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal y la inhabilitación perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Castro condenó a R.G.R.A. a la pena única de 13 años de presidio efectivo, en calidad de autor de los delitos consumados y continuados de violación y abuso sexual de menores de 14 años. Ilícitos perpetrados entre 2017 y 2018 en la isla Cailín, comuna de Quellón. 

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Angélica Monsalve Vásquez (presidenta), Loreto Yáñez Sepúlveda (redactora) y Elías Agüero Matamala– aplicó, además, a R.G.R.A. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena.

Asimismo, el tribunal impuso a R.G.R.A. las penas accesorias especiales de interdicción del derecho de ejercer la guarda; de ser oído como pariente en los casos que la ley designa; sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal y la inhabilitación perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad.

El tribunal decretó, además, la prohibición al sentenciado de aproximarse a las víctimas, visitar sus domicilios, lugar de trabajo o establecimiento educacional durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena privativa de libertad. 

Una vez ejecutoriado el fallo, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

El tribunal dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que entre los años lectivos 2017 y 2018, mientras R.G.R.A. se desempeñaba como profesor en la Escuela Rural Isla Yelcho, ubicada en la isla Cailín de la comuna de Quellón, en diversas ocasiones y en días distintos, aprovechando que se quedaba a solas con una alumna, nacida el 27 de octubre de 2009, le efectuó actos de significación sexual y relevancia y la violó. 

Asimismo, entre marzo y mayo de 2018, en días y horas diversas, R.G.R.A. en el mismo establecimiento educacional, aprovechando que se encontraba a solas con la educanda, nacida el 9 de enero de 2009, le efectuó en dos ocasiones actos de significación sexual y relevancia mediante contacto corporal. 

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