Corte Suprema confirma fallo que rechazó reclamación tributaria de supermercado mayorista

18-octubre-2021
En fallo unánime, Segunda Sala del máximo tribunal declaró inadmisible el recurso de casación en el fondo deducido en contra de la sentencia que rechazó la reclamación tributaria presentada por la empresa Alvi Supermercados Mayoristas SA.

La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de casación en el fondo deducido en contra de la sentencia que rechazó la reclamación tributaria presentada por la empresa Alvi Supermercados Mayoristas SA.

En fallo unánime (causa rol 74.776-2021), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos y la ministra María Teresa Letelier– desestimó el recurso impetrado en contra de la sentencia, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó la de primer grado que rechazó la devolución de impuestos solicitada.

“Que, analizado el recurso a la luz de las disposiciones legales referidas, y como se consigna en el motivo segundo de esta resolución; se echa de menos que el arbitrio de impugnación, contenga el desarrollo exigido por la ley en cuanto al modo cómo se habrían producido las infracciones a las disposiciones que señala y la forma en que ello influiría en lo dispositivo del fallo, lo que es imprescindible atendida la naturaleza de derecho estricto de este extraordinario arbitrio de nulidad sustancial”, plantea el fallo.

La resolución agrega que: “Lo anterior, desde que el recurrente más que denunciar y desarrollar la vulneración a algún principio especifico de la sana critica –presupuesto indispensable a fin de poder modificar los hechos asentados en el fallo– lo que hace es un somero análisis de las normas que entiende infringidas para posteriormente llegar a conclusiones distintas a las que se llega en la sentencia recurrida”.

“Aquello en ningún caso se puede entender que constituye una afectación a las normas que denuncia infringidas, ya que en definitiva el sustento de su arbitrio de invalidación, es la disconformidad con las conclusiones a las que arriba el fallo, el que luego de haber analizado y ponderado los antecedentes aportados en la instancia respectiva confirma lo resuelto por el Tribunal Tributario y Aduanero, lo que en caso alguno hace procedente este arbitrio de nulidad sustancial, lo que conlleva que este sea rechazado de plano”, añade.

Por tanto, se resuelve que: “se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto en lo principal de la presentación del abogado don Juan Pablo Orellana Pavón en representación del contribuyente; en contra de la sentencia de nueve de julio de dos mil veintiuno, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago”.