Corte Suprema acoge recurso de amparo y declara prescripción de multa por porte ilegal de arma blanca

20-septiembre-2021
Segunda Sala del máximo tribunal estableció que en la especie, se encuentra cumplido el plazo de seis meses para declarar la prescripción de la sanción.

La Corte Suprema acogió recurso de amparo y declaró la prescripción de la pena de multa aplicada a condenado como autor del delito consumado de porte ilegal de arma cortante o punzante en la vía pública. Ilícito cometido en Iquique, en diciembre de 2018.

En fallo dividido (causa rol 66.107-2021), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, María Teresa Letelier, Roberto Contreras y el abogado (i) Ricardo Abuauad– estableció que en la especie, se encuentra cumplido el plazo de seis meses para declarar la prescripción de la sanción.

“Que la pena de multa, conforme al artículo 21 del Código Penal es una pena de falta, la que prescribe, por ende, según dispone el artículo 97 del mismo texto, en seis meses, desde que los plazos establecidos en dicho artículo 97 para los crímenes, simples delitos y faltas ‘deben determinarse sobre la base de las penas impuestas por la sentencia respectiva, es decir, en concreto’ (Cury. Derecho Penal, Parte General. Ed. Universidad Católica de Chile, 8a ed., 2005, p. 805)”, sostiene el fallo.

“Que, así las cosas, el Juzgado de Garantía de Iquique ha actuado contraviniendo las normas antedichas al rechazar declarar la prescripción de la pena en el caso en estudio por exigir un plazo de cinco años, al entender, equivocadamente como se ha explicado antes, que debía transcurrir el término propio de un simple delito, naturaleza que no corresponde a la de la sanción impuesta al amparado, exponiendo a éste a verse privado de su libertad personal para cumplir una sanción que se encuentra extinguida por prescripción, peligro que deberá que deberá suprimirse acogiendo el recurso y adoptando las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho”, añade.

Por tanto, se resuelve que: “se revoca la sentencia apelada de veintisiete de agosto de dos mil veintiuno, dictada por la Corte de Apelaciones de Iquique, en el Ingreso Corte N° 633-20 y, en su lugar, se declara que se acoge el recurso de amparo interpuesto a favor de Michael José Pacheco Price, y se declara la prescripción de la pena de multa impuesta en la causa Rit N° 8280-2018, con fecha 13 de septiembre de 2019, por el Juzgado de Garantía de Iquique”.

Decisión acordada con el voto en contra de la ministra Letelier.