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Corte Suprema emite nuevo informe sobre proyecto de ley que modifica gobierno judicial y crea consejo de nombramientos

15-julio-2026
Tras un detallado análisis de la reforma constitucional en estudio y de los diversos proyectos que se han informado con anterioridad sobre la misma materia, el nuevo informe del máximo tribunal fue remitido a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado, el martes 14 de julio recién pasado.

Reunido el tribunal pleno de la Corte Suprema –el lunes 6 de julio pasado– analizó el articulado del proyecto de ley que “Modifica el Gobierno Judicial y crea el Consejo de Nombramientos Judiciales”.

Tras un detallado análisis de la reforma constitucional en estudio y de los diversos proyectos que se han informado con anterioridad sobre la misma materia, el nuevo informe del máximo tribunal fue remitido a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado, el martes 14 de julio recién pasado.

“En el presente informe se analizó el proyecto de reforma constitucional que ‘Modifica el Gobierno Judicial y crea el Consejo de Nombramientos Judiciales’, contenido en los boletines refundidos N°12.607-07, 14.192-07, 16.852-07, 16.97-9-07, 17.115-07, 17.144-07, 17.150-07 y 17.193-07, que tiene por objeto modificar el gobierno judicial y establecer un nuevo sistema de nombramientos judiciales; estatuir nuevos órganos autónomos encargados de la administración y gestión de los recursos de los tribunales que forman parte del Poder Judicial; dotar a la Fiscalía Judicial de atribuciones para velar por la conducta de los jueces; y crear un tribunal de conducta judicial”, plantea el oficio respuesta.

“Como resultado de esta reforma, la Corte Suprema experimentaría la extinción integral de su poder de mando y dirección, al suprimirse la superintendencia constitucional consagrada en el artículo 82 de la Constitución.
Bajo este nuevo diseño, queda relegada a ser únicamente el ‘máximo órgano jurisdiccional’, perdiendo facultades críticas que hoy posee, despojándola del vértice de la estructura jerárquica y piramidal.
Este poder se fragmenta y radica en una serie de nuevos órganos autónomos con competencias específicas. La administración y gestión del Poder Judicial deja de ser una unidad bajo el mando de la Corte Suprema para atomizarse en diversas entidades: el Consejo de Nombramientos Judiciales; la Fiscalía Judicial; el Tribunal de Conducta Judicial; el órgano autónomo de administración de recursos toma la gestión financiera, tecnológica y material”, detalla el informe.

“Como fuera dicho, en la propuesta aprobada, y a pesar de los esfuerzos que una indicación parlamentaria formula y que la Corte ha recogido en términos positivos, no parece encontrarse respuesta integral respecto a la titularidad de la dirección sistémica del gobierno judicial”, releva.

Para el pleno de ministros: “No obstante lo anterior, y compartiéndose siempre el diagnóstico sobre la necesidad de diferenciación clara de los roles administrativos de los jurisdiccionales, sentada desde hace más de una década por la Corte Suprema, en detalle se informan los avances significativos de la reforma contenidos en el texto aprobado en primer trámite constitucional y mejorados en varios casos con indicaciones formuladas tanto por el ejecutivo como por los parlamentarios, aportándose antecedentes de contexto para comprender las implicancias de los trascendentales cambios que supone esta reforma, sugerencias para su perfeccionamiento y algunos datos que permiten dimensionar la envergadura del desafío que se avecina para quienes en sus diferentes dimensiones podrían desplegar tareas de gobierno judicial afianzadas en la actualidad en el Poder Judicial”.
Ver informe (PDF)