La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia que desestimó íntegramente la reclamación interpuesta por la sociedad concesionaria Canal 13 SpA, en contra de la resolución de la Dirección Regional del Trabajo Oriente, que le denegó la calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia.
En fallo unánime (causa rol 2.584-2024), la Duodécima Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Maritza Villadangos, Lilian Leyton y Paola Díaz– descartó infracción en la sentencia impugnada, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.
“Que, en suma, se aprecia que en el recurso solo existe un cuestionamiento a los fundamentos del fallo, como si se tratara de un recurso que admite la revisión íntegra de lo decidido, pero que en caso alguno condice con la naturaleza de la nulidad impetrada, en tanto no releva la infracción a las normas sobre valoración de la prueba que no pase por un nuevo examen del material probatorio conforme a sus intereses y a la postura que mantuvo en el juicio; vale decir, no logra establecer que la sentencia en sus componentes de hecho se apartó en forma manifiesta de las directrices que conforman los principios de valoración de la sana crítica sobre los cuales se debe cimentar el proceso racional llevado a cabo, de manera que demuestre que el razonamiento resulte ilógico, irreproducible o aberrante”, plantea el fallo.
La resolución agrega que: “Por el contrario, las razones entregadas por la magistrada resultan posibles y acordes a los mandatos de la razón, lo que demuestra que el arbitrio en esta causal invocada persigue finalmente que esta Corte realice un examen diverso de determinadas pruebas, lo que no configura la transgresión a los principios que conforman la sana crítica, pretendiendo en definitiva que los medios de prueba se los pondere de modo tal que se arribe a una conclusión diferente a la adoptada, lo que evidentemente encubre una apelación”.
“Que a mayor abundamiento, incluso pasando por alto la relectura que pretende directamente de la prueba rendida, lo cierto es que el recurso aborda en su postulado un cuestionamiento jurídico a los conceptos y definiciones de índole legal plasmadas en el fallo, lo que vuelve a evidenciar que no se busca modificar el juicio probatorio de la decisión”, releva.
“Que, como corolario de lo expuesto, sólo resta desestimar el arbitrio en cuestión”, concluye.
Por tanto, se resuelve que: “se rechaza con costas el recurso de nulidad deducido por la parte reclamante en contra de la sentencia de cinco de julio de dos mil veinticuatro, dictada por el 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT I-350-2024, sentencia que, en consecuencia, no es nula”.