Cuarto TOP de Santiago condena a 6 años y 5 años y un día coautores de robo a estudiantes

26-mayo-2026
En fallo unánime, el tribunal condenó a Martín Alonso Poblete Badilla y José Manuel Huaiuquipán Bahamondes a 6 años y 5 años y un día de presidio, respectivamente, en calidad de coautores del delito consumado de robo con violencia e intimidación. Ilícito cometido en octubre del año pasado, en la comuna.

El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Martín Alonso Poblete Badilla a la pena de cumplimiento efectivo de 6 años de presidio, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, en calidad de coautor del delito consumado de robo con violencia e intimidación. Ilícito cometido en octubre del año pasado, en la comuna.

En fallo unánime, el tribunal –integrada por las magistradas Cristina Cabello Muñoz (presidenta), María José García Ramírez y Ana Karina Reyes Alvarado (redactora)– condenó al acusado José Manuel Huaiuquipán Bahamondes a 5 años y un día de reclusión efectiva y accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, como coautor del delito.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas a los sentenciados para determinar sus respectivas huellas genéticas e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados. Asimismo, se decretó el comiso de las dos armas blancas y gas pimienta incautados en el procedimiento policial.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 15:20 horas del 27 de octubre de 2025, “(…) en la vía pública, calle Vergara frente al N°301, comuna de Santiago, en las afueras del Liceo Miguel de Cervantes y Saavedra, las víctimas I.H.B.F. y T.I.S.M. [alumnos del establecimiento], fueron abordados por Martín Poblete Badilla y José Huaiquipán Bahamondes, quienes se encontraban en compañía de un tercer individuo. Procediendo el primero a arrebatar a la víctima I.H.B.F. su jockey negro marca Jordan que portaba en su cabeza, huyendo los tres sujetos con la especie en su poder, siendo perseguidos por I.H.B.F., T.I.S.M. y E.A.R.L., hasta calle Vergara con Gorbea, dándoles alcance. Debido a la anterior, con el objeto de evitar que las víctimas lograran la recuperación de la especie sustraída y poder huir del lugar, Martín Poblete Badilla extrajo el gas pimienta que portaban, con el cual roció el rostro de la víctima de iniciales T.I.S.M. y además con un cuchillo, tipo karambit, lo intentó apuñalar. Por su parte, José Huaiquipán Bahamondes amenazó a las víctimas de que los golpearía y mataría si se acercaban utilizando para ellos un arma blanca, tipo cuchillo de cocina.
Finalmente, los imputados fueron detenidos por transeúntes que pasaban por el lugar en calle Ejército Libertador con calle Gorbea, lo que permitió a las víctimas la recuperación de la especie sustraída”.

“Que, conforme al artículo 436 inciso 1° del Código Penal, el delito de robo con violencia e intimidación se encuentra sancionado con la pena de presidio mayor en su grados mínimo a máximo”, consigna el fallo.

La resolución agrega que: “Teniendo en consideración que concurre una circunstancia atenuante se excluirá el máximo de la pena. En cuanto al quantum, se considerará que atendido la participación descrita por los testigos y que resultó acreditada, donde Paredes no solo utilizó el cuchillo tipo karambit para amenazar a las víctimas, sino que intentó apuñalar a T.I.S.M., al que igualmente roseo con gas pimienta. Por otra parte, Huaiquipán procedió únicamente a amenazar a las víctimas con un cuchillo tipo cocina”.

“Que atendida al quantum de la pena que se indicará en la parte resolutiva de la sentencia, el cumplimiento de la pena deberá ser de carácter efectivo”, ordena.

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