Corte de Iquique confirma que condenó a municipio por falta de servicio

18-mayo-2026

La Corte de Apelaciones de Iquique confirmó la sentencia que condenó a la municipalidad local a pagar una indemnización total de $7.411.063 por concepto de daño emergente y moral, a transeúnte que sufrió una fractura de tobillo, al sufrir una caída en vereda en mal estado. Accidente registrado en febrero de año pasado, en el centro de la ciudad.

En fallo unánime (causa rol 218-2026), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Marilyn Fredes Araya, Pedro Güiza Gutiérrez y Andrés Provoste Valenzuela–confirmó la sentencia impugnada, dictada por el Primer Juzgado de Letras de Iquique, que acogió la demanda de indemnización de perjuicios por falta de servicio.

“Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, la sentencia de diez de marzo de dos mil veintiséis”, consigna el fallo.

La sentencia de primera instancia ratificada estableció que los daños sufridos por la demandante “(…) son consecuencia del mal estado de la calzada, de lo cual es responsable la municipalidad, en el sentido que si la referida demandada hubiese cumplido con su obligación de mantener la vía pública (la vereda en la intersección situada entre las calles Luis Uribe y calle San Martín de esta comuna) en condiciones de brindar un desplazamiento expedito y seguro para los transeúntes, no se hubiera producido los daños que quedaron acreditados en el considerando precedente, por lo que se tiene por establecido el nexo causal requerido para la procedencia de la responsabilidad extracontractual reclamada”.

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