Caso Bruma: Juzgado de Garantía de Coronel ordena el arraigo nacional y firma quincenal de imputados por homicidio culposo de pescadores artesanales

23-marzo-2026
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Tras la formalización y alegatos de las partes, el magistrado Jorge Henríquez Mora acogió parcialmente las cautelares solicitadas por la fiscalía y el querellante por considerarlas proporcionales y adecuadas a los fines del procedimiento, considerando la posible pena. Además, fijó en cuatro meses el plazo de investigación.

El Juzgado de Garantía de Coronel dejó hoy –lunes 23 de marzo– sujetos a las medidas cautelares de arraigo nacional, firma quincenal y prohibición de comunicarse entre ellos y con la empresa Blumar a Roberto Abraham Mansilla Gallardo, Luis Vladimir Macaya Andrades y Jaime Osvaldo Sandoval Lépez, imputados por el Ministerio Público como autores de siete delitos consumados de homicidio culposo. Ilícitos perpetrados a fines de marzo de 2025, en alta mar, cerca de Isla Santa María.

Tras la formalización y alegatos de las partes, el magistrado Jorge Henríquez Mora acogió parcialmente las cautelares solicitadas por la fiscalía y el querellante por considerarlas proporcionales y adecuadas a los fines del procedimiento, considerando la posible pena. Además, fijó en cuatro meses el plazo de investigación.

A su vez, el tribunal desestimó la medida cautelar de supervisión solicitada para la persona jurídica Blumar, por no detectar graves falencias en el modelo de prevención del delito que impone la ley 20.393 y que estaba vigente cuando ocurrió el accidente.

Según el ente persecutor, alrededor de las 02:58 horas del 30 de marzo de 2025, mientras la nave pesquera “Cobra” se encontraban en alta mar al noroeste de la isla Santa María, comuna de Coronel, el piloto de la nave, Luis Macaya Andrades, le comunicó al capitán Roberto Mansilla Gallardo, que otro barco pesquero iba a echar redes, por lo que este ordenó que cambiaran de rumbo. Tras avanzar cerca de 2.500 metros, a eso de las 03:08 horas, el “Cobra”, de 64,7 metros de eslora, 12 de manga y 1.315 toneladas, colisionó con su proa a la lancha a motor “Bruma”, de 14,7 metros de eslora, 4,3 de manga y 23,3 toneladas, que se encontraba fondeada y con una luz blanca encendida para marcar su posición. Las condiciones meteorológicas en ese momento eran de viento calmo y olas no superiores a los 2 metros en una zona identificada como de alto tráfico marítimo.

El impacto de alta energía fragmentó la estructura de la nave menor, lo que generó su hundimiento y con ello, la muerte de los siete tripulantes a bordo.

Al momento de la colisión, los radares del “Cobra” estaban operativos y Jaime Sandoval Lépez y Juan Sanhueza Anríquez (fallecido) ejercían labores de vigía. Todos desatendieron sus funciones, lo que propició el accidente, según la fiscalía.

A su vez, la empresa Blumar, propietaria del barco pesquero “Cobra” y empleadora de Mansilla Gallardo, Macaya Andrades y Sandoval Lépez, no consideró el abordaje de embarcaciones en su modelo de prevención del delito, instrumento exigido por la ley 20.393 y que le hubiese permitido, además de identificar riesgos, contar con acciones para prevenirlos.

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