El Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso acogió la demanda por despido injustificado interpuesta por un exfuncionario de la Corporación Municipal de Viña del Mar y le ordenó pagar al demandante la suma total de $76.863.133 por diversas indemnizaciones.
En el fallo, la magistrada Pamela Ponce Valenzuela consideró que la parte demandada no aportó al juicio antecedentes suficientes ni aptos para acreditar los hechos expuestos en la carta de despido.
“En efecto, todos y cada uno de los hechos imputados en la carta de despido requerían para su comprobación, de antecedentes documentales que dieran cuenta en forma clara, cierta e indubitada de la efectividad de las conductas incumplidoras en que habría incurrido el actor y si bien se agregaron numerosos correos electrónicos pretendiendo por su intermedio acreditar los incumplimientos contractuales del demandante relacionados específicamente con los puntos 1, 2, 6 y 7 de la carta, (...) resulta imposible a partir de estos correos, ni aún en base a aquéllos en que se hacen presente errores o se plantean dudas u observaciones en relación a la información remitida o a la forma o plazos de su entrega, arribar a las conclusiones pretendidas por la demandada (...)”, plantea la sentencia.
Asimismo, el fallo agrega que “el artículo 160 del Código del Trabajo permite poner término al contrato sin derecho a indemnización cuando concurren las causales que allí se señalan, dentro de las cuales se encuentra en el numeral 7, el incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato de trabajo, incumplimientos que en este caso no han sido debidamente acreditados por la demandada en cuanto a la ocurrencia de los hechos, la falta de autorización o conocimiento del empleador o las eventuales consecuencias de los mismos, o bien, las conductas imputadas no configuran los alegados incumplimientos contractuales graves, específicamente respecto de las situaciones ocurridas con los funcionarios (...), pues se trata de situaciones aisladas en una relación laboral de más de 8 años de extensión y relacionada con dos personas de un total de más de 4 mil funcionarios”.
“Que así las cosas y de acuerdo a los razonamientos vertidos en las motivaciones que anteceden, deberá accederse a la demanda subsidiaria en cuanto por ella se reclama la declaración de indebido o injustificado del despido del demandante y en cuanto se solicita el pago de las indemnizaciones que por término de contrato le corresponden, esto es, sustitutiva del aviso previo y por años de servicios, recargada esta última en un 80% de conformidad a lo establecido en el artículo 168 letra c) del Código del Trabajo (...)”, consigna.
Por otra parte, el tribunal rechazó la acción de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales, estimando que “conforme a lo razonado y concluido en las motivaciones que anteceden y no habiéndose establecido la existencia de las conductas abusivas o vulneradoras que se imputan a la demandada y por tanto de las supuestas afectaciones de derechos fundamentales del trabajador ejecutados por la demandada con ocasión de su despido, específicamente del derecho consagrado en el artículo 19 N° 4 de la Constitución Política de la República, referido a la honra de la persona, deberá necesariamente rechazarse la acción de tutela interpuesta en autos, en todas sus partes”.
Finalmente, el tribunal acogió la acción de nulidad del despido fundado en el no pago de distintos períodos de cotizaciones previsionales por parte de la Corporación Municipal de Viña del Mar, los que se concretaron con posterioridad el 26 de agosto de 2024. Por lo tanto, el tribunal tuvo por convalidado el despido en dicha fecha y ordenó el pago al demandante de las remuneraciones correspondientes entre el 27 de diciembre de 2023 –fecha del despido efectivo– y el 26 de agosto de 2024, cuando se pagaron dichas obligaciones.
Por tanto, se resuelve:
I.- Que SE RECHAZA la demanda de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido interpuesta por don Cristian Alejandro Abumohor Begliomini en contra de la Corporación Municipal de Viña del Mar para el Desarrollo Social, ambas partes ya individualizadas.
II.- Que SE ACOGE la demanda subsidiaria de despido injustificado y acción de nulidad del despido, y en consecuencia, se declara injustificado o improcedente el despido de fecha 27 de diciembre de 2023, por la causal de incumplimiento grave de las obligaciones del contrato de trabajo, debiendo la demandada pagar al actor las siguientes sumas por los conceptos que se indican:
- $3.289.435.- por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo;
- $26.315.481, por concepto de indemnización por 8 años de servicios;
- $21.052.385.- por concepto de recargo legal del 80%; y
- $26.205.832.- por concepto de convalidación del despido.
III.- Que las sumas antes referidas deberán liquidarse en su oportunidad, aplicándose intereses y reajustes de acuerdo a los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, según corresponda.
IV.- Que no se condena en costas a la parte demandada, por no haber resultado completamente vencida en juicio.
V.- Que ejecutoriado que sea el fallo, cúmplase dentro de quinto día, bajo apercibimiento de remitir los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de esta ciudad.