Corte de Concepción ordena renovar Beca Bicentenario a alumna de Derecho

24-junio-2025
En fallo unánime, la Cuarta Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Mauricio Silva Pizarro, la ministra Claudia Vilches Toro y el abogado (i) Francisco Santibáñez Yáñez– estableció el actuar arbitrario e ilegal de la cartera recurrida, al retirar el beneficio que legítimamente gozaba la recurrente, por estar cursando, en paralelo, otra carrera.

La Corte de Apelaciones de Concepción acogió el recurso de protección deducido por alumna de la carrera de Derecho y le ordenó al Ministerio de Educación renovar la Beca Bicentenario a la recurrente.

En fallo unánime, la Cuarta Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Mauricio Silva Pizarro, la ministra Claudia Vilches Toro y el abogado (i) Francisco Santibáñez Yáñez– estableció el actuar arbitrario e ilegal de la cartera recurrida, al retirar el beneficio que legítimamente gozaba la recurrente, por estar cursando, en paralelo, otra carrera.

“Que, en el contexto normativo expuesto en el fundamento anterior, para estos sentenciadores, resulta manifiesto que la decisión del Ministerio de Educación de no renovar la Beca Bicentenario de la que gozaba la recurrente para cubrir el valor del arancel de la carrera de Derecho en la Universidad Andrés Bello para el año 2024 no se ajusta al ordenamiento jurídico aplicable. Lo anterior atendido que, por una parte, la carrera que comenzó a cursar el año 2024 en el Instituto Profesional Providencia, conforme al artículo 8 del citado Decreto N°97, no era susceptible de ser objeto de la misma beca al poseer la calidad de programa a distancia, de manera que la supuesta incompatibilidad entre las dos carreras cursadas –y que la recurrida invoca para estos efectos– en los hechos no era factible que se produjera, por lo que el derecho de opción no era aplicable en la especie, de modo que la renovación de la Beca Bicentenario, respecto de la actora de autos, no podía quedar supeditada al ejercicio de tal derecho de opción”, consigna el fallo.

La resolución agrega: “Que, por otra parte, de acuerdo con los antecedentes allegados al proceso, resulta acreditado que la actora fue informada de la renovación de la Beca Bicentenario para el año 2024, por lo que no resulta plausible que por un acto posterior, y sin que existan razones jurídicas para ello, se le desconozca tal beneficio, atendido que, al tener la calidad de renovante, para mantener el referido beneficio estatal la normativa exige el cumplimiento de los requisitos académicos y no contar previamente con una licenciatura de carácter terminal o título técnico de nivel superior o profesional, aspectos que satisfacía plenamente la recurrente”.

“Que, así las cosas –ahonda–, la actuación del ministerio recurrido, en los términos descritos en el motivo anterior, deviene en una actuación sin fundamento legal, toda vez que no se divisa razón jurídica alguna que le permita excluir a la actora de la renovación del beneficio que gozaba desde el año 2020, impidiéndole de esta forma –en los hechos– concluir la carrera de Derecho en la Universidad Andrés Bello, transformando la actuación de la recurrida en una conducta guiada por su mero capricho”.

Para la Cuarta Sala: “De este modo, queda en evidencia que la conducta del órgano público recurrido resulta ser ilegítima, puesto que le impide a la recurrente acceder a un beneficio económico que legítimamente gozaba, todo ello fundado en una circunstancia que la normativa no contempla como causal de pérdida del mismo, lo que permite presumir que a la actora se le ha otorgado un trato diverso al brindado al resto de los beneficiarios de la Beca Bicentenario, amenazando y perturbando con ello el legítimo ejercicio de su derecho a la igualdad ante la ley, de manera tal que el arbitrio de marras debe ser acogido, en los términos que se dirá en lo resolutivo”.

Por tanto, se resuelve que: “SE ACOGE, sin costas, el recurso de protección interpuesto por (…) en contra del Ministerio de Educación, debiendo este último conceder a la recurrente la renovación de la Beca Bicentenario para cubrir el valor del arancel de la carrera de Derecho en la Universidad Andrés Bello para el año 2024, debiendo realizar el pago de dicho beneficio a la referida institución de educación superior”.

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