El Decimonoveno Juzgado Civil de Santiago condenó al fisco a pagar una indemnización total de $400.000.000 por concepto de daño moral, a las hijas de Ricardo Robinson Allup Rojas, quien tras ser detenido el 20 de noviembre de 1973 y pasar por diversos centros de tortura (Cuartel General de Investigaciones, Estadio Nacional, campamentos de prisioneros de Chacabuco, Melinka, Cuatro Álamos y Tres Álamos) debió salir al exilio.
En el fallo (causa rol 19.533-2023), la magistrada Jacqueline Benquis Monares acogió la acción, tras establecer que las demandantes son víctimas por repercusión.
“Que, si bien la responsabilidad del Estado se funda en los artículos citados, la integración de instrumentos Internacionales que versan sobre Derechos Humanos al ordenamiento jurídico nacional, a través del artículo 5° inciso segundo de la Constitución Política, impide al Estado aplicar el derecho interno con el fin de eludir su responsabilidad, debiendo reparar el daño causado a las víctimas de violaciones a los derechos humanos por tratarse dicha reparación de un derecho fundamental que por su naturaleza, la acción que pretende su resarcimiento, es imprescriptible”, sostiene el fallo.
La resolución agrega que: “Ya lo señala la jurisprudencia de la Excma. Corte Suprema: ‘A mayor abundamiento, se señala que el artículo 5.2 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos, establece que nadie debe ser sometido a torturas ni a tratos crueles inhumados; y si bien la acción indemnizatoria tiene un contenido patrimonial, obedece a si índole humanitaria, en protección a los derechos humanos, reconocidos en la norma internacional citada, que prima sobre la preceptiva de derecho interno, en especial el artículo 2497 del Código Civil’. (Fallo Rol C-2289-2015, 29 de marzo de 2016)”.
Para el tribunal, en la especie: “(…) si bien las demandantes doña Jessica Yesenia Allup Guitard y doña Vicky Carol Isenia Allup Guitard, directamente no figuran dentro de las listas de víctimas de detención ilegal y torturas por parte de agentes del Estado de Chile, ello no significa que carezcan de legitimidad activa para interponer la presente demanda”.
“Las actoras han demandado directamente por el daño moral reflejo o repercusión vividas con posterioridad a la detención, prisión y torturas que padeció su padre, don Ricardo Robinson Allup Rojas, quien fue reconocido como víctima de detención ilegal y prisión política por la Comisión Valech I”, añade.
“Que siendo admisible el daño reflejo o por repercusión con quien tuvo una relación fehaciente de dependencia patrimonial y afectiva con don Ricardo Robinson Allup Rojas, según su grado de parentesco de grado cercano más inmediato, se considerarán legitimados activos para accionar sus hijas, doña Jessica Yesenia Allup Guitard y doña Vicky Carol Isenia Allup Guitard”, releva el fallo.
“La relación de parentesco referida anteriormente se encuentra acreditada en autos mediante los certificados de nacimiento de las demandantes, acompañados a folio 27, en los cuales figura don Ricardo Robinson Allup Rojas como padre de estas”, concluye.
Por tanto, se resuelve:
“I.- Que el Estado de Chile debe pagar a cada una de las demandantes, doña Jessica Yesenia Allup Guitard y doña Vicky Carol Isenia Allup Guitard, a modo de indemnización de perjuicios por daño moral, la suma de $200.000.000 (doscientos millones de pesos), con los reajustes e intereses que se indican en la consideración vigesimoquinta.
II.- Que por resultar totalmente vencida la demandada, se le condena al pago de las costas”.