Sexto TOP de Santiago condena a 8 años de presidio a autor de homicidio simple en La Pintana

27-junio-2024
En fallo unánime, el tribunal condenó a Fernando Ignacio Medina Vásquez a la pena de cumplimiento efectivo de 8 años de presidio, en calidad de autor del delito consumado de homicidio simple. Ilícito perpetrado en diciembre de 2021, en la comuna de La Pintana.

El Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Fernando Ignacio Medina Vásquez a la pena de cumplimiento efectivo de 8 años de presidio, en calidad de autor del delito consumado de homicidio simple. Ilícito perpetrado en diciembre de 2021, en la comuna de La Pintana.

En fallo unánime (causa rol 431-2023), el tribunal –constituido por los magistrados Flavia Donoso Parada (presidenta), Françoise Giroux Mardones (redactora) y Freddy Muñoz Aguilera– aplicó, además, a Medina Vásquez las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en horas e la noche del 10 de noviembre de 2021, “(…) en el sector de calle Inés de Suárez con Los Alcaldes, comuna de La Pintana, FERNANDO IGNACIO MEDINA VÁSQUEZ, alias ‘El Nacho’, sostuvo una discusión con Rodrigo Claudio Caro Román, alias ‘El Rigo’, la que luego continuó con agresiones mutuas de pies y puños, instantes en que el imputado Medina extrajo de sus vestimentas un arma blanca cortante con la cual agredió a Caro Román en la zona torácica”.

A consecuencia de la agresión, Caro Román falleció debido a una herida cortopunzante penetrante torácica. 

En la determinación de la sanción a imponer y la forma de cumplimiento, el tribunal tuvo presente: “Que el acusado FERNANDO IGNACIO MEDINA VÁSQUEZ, ha resultado responsable en calidad de autor de un delito consumado de homicidio simple, contemplado en el artículo 391 N° 2 del Código Penal, el cual se encuentra sancionado con la pena de presidio mayor en su grado medio”.

La resolución agrega: “Que, en primer lugar, favorece al imputado la atenuante del artículo 11 N°1 en relación al artículo 10 N°4 del Código Penal por lo que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 73 del mismo cuerpo legal, corresponde en este caso y atendida la entidad del requisito faltante para configurar la eximente de legítima defensa, rebajar la pena en un grado, quedando en la de presidio mayor en su grado mínimo”. 

“Que, fijado el rango de pena base aplicable y no concurriendo ninguna otra circunstancia modificatoria de responsabilidad penal, el Tribunal queda facultado para recorrer la pena en toda su extensión”, añade.

“Que, al momento de fijar el quantum de la pena a imponer en definitiva, se tendrá especialmente en consideración el contexto, la dinámica y forma de ejecución del hecho punible y los criterios contenidos en el artículo 69 del Código Penal, particularmente la naturaleza del bien jurídico afectado y la edad de la víctima (38 años)”, concluye.

“Atendida la extensión de la pena esta deberá ser de cumplimiento efectivo”, ordena.

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