Poder Judicial - Actos y documentos publicados en el diario oficial

Actos y documentos publicados en el diario oficial


Bajo este apartado deben incorporarse, únicamente, los actos y documentos que hayan sido dictados por el propio sujeto obligado y publicados en el Diario Oficial a contar de la entrada vigencia de la Ley de Transparencia, esto es, desde el 20 de abril de 2009 en adelante. Artículo 8°.
Forma de publicar. La información deberá presentarse ordenada cronológicamente, desde la más nueva a la más antigua, indicando lo siguiente:
a) Año y mes en el que se realiza la publicación en la página de Transparencia Activa;
b) Tipo de norma (por ejemplo, si se trata de una ley, decreto o resolución);
c) Denominación de la norma (por ejemplo, con el nombre del Reglamento asociado);
d) Número de la norma;
e) Fecha de promulgación;
f) Fecha de publicación en el Diario Oficial;
g) Fecha de modificación o derogación, si corresponde; y
h) Enlace al documento que contenga su texto íntegro y actualizado. Enlace que podrá obtenerse del sitio web de la Biblioteca del Congreso Nacional, www.leychile.cl o del vínculo que lo reemplace.
Artículo 9°. Información histórica. La información señalada en el presente párrafo deberá mantenerse a disposición permanente de las personas en el sitio electrónico al que se accede mediante el banner de Transparencia Activa, sin que esté permitido dar de baja o eliminar su publicación, desde la entrada en vigencia de la Ley de Trasparencia, esto es, desde el 20 de abril de 2009, hasta el mes anterior al que se realiza la publicación.

Última actualización: 03-06-2026 04:06:49