Corte Suprema confirma fallo que rechazó demanda de reivindicación de marca de jeans

08-febrero-2023
En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal declaró inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia que rechazó demanda de reivindicación de marca de jeans con indemnización de perjuicios.

La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia que rechazó demanda de reivindicación de marca de jeans con indemnización de perjuicios.

En fallo unánime (causa rol 133.199-2022), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Juan Manuel Muñoz Pardo y los abogados (i) Eduardo Morales y Gonzalo Ruz– desestimó la viabilidad del recurso al estar mal estructurado.

“Que según señala el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, elevado un proceso en casación de fondo el tribunal debe examinar si la sentencia objeto del recurso es de aquellas contra las cuales lo concede la ley, y si reúne los requisitos que se establecen en los incisos primero de los artículos 772 y 776 del texto legal citado”, plantea el fallo.

La resolución agrega: “Que a su vez, de acuerdo a lo prevenido en el artículo 772 N° 1) del Código de Procedimiento Civil, el escrito en que se deduzca el recurso de casación en el fondo debe señalar en qué consiste el o los errores de derecho de que adolece la sentencia recurrida, y el modo en que ese o esos errores influyen sustancialmente en lo dispositivo de la sentencia”.

“Que analizado el recurso a la luz de las disposiciones legales referidas, y como se consigna en el motivo segundo de esta resolución; se echa de menos que el arbitrio de impugnación, contenga el desarrollo exigido por la ley en cuanto a las normas que entiende vulneradas, y no una expresión de su disconformidad con lo resuelto, lo que resulta imprescindible atendida la naturaleza de derecho estricto del líbelo intentado. Máxime cuando, como se dijo, al no señalar qué principio de la sana crítica se vio amagado, esta Corte se ve impedida de alterar las conclusiones fácticas del fallo en estudio, lo que conlleva el indefectible rechazo del recurso”, concluye.