Juzgados de Familia de la jurisdicción de La Serena se preparan para entrada en vigencia de la Ley de Registro de Deudores

04-julio-2022
En particular, el Juzgado de Familia de Ovalle, fue seleccionado - junto a otros 4 juzgados a nivel nacional- como piloto para desarrollar las observaciones de automatización al proceso de liquidación de deuda que ha desarrollado el Poder Judicial, de manera que exista un cálculo único y transversal de lo adeudado por parte del alimentante.

Alistando los detalles para la entrada en vigencia, en noviembre de este año, de la última etapa de la Ley 21.389, que creó el registro nacional de deudores de pensión alimenticia, se encuentran los ocho Juzgados de Familia y con competencia en Familia de la jurisdicción de La Serena.

En particular, el Juzgado de Familia de Ovalle, fue seleccionado - junto a otros 4 juzgados a nivel nacional- como piloto para desarrollar las observaciones de automatización al proceso de liquidación de deuda que ha desarrollado el Poder Judicial, de manera que exista un cálculo único y transversal de lo adeudado por parte del alimentante.

“A partir de hoy estaremos aplicando y revisando en nuestro sistema las nomenclaturas que se han implementado para esta nueva Ley, y así revisar las anomalías  y realizar todas las observaciones que permitan un cálculo certero y automatizado de la liquidación que -en simples palabras- debería lograrse con unos sencillos pasos por parte de cada tribunal, permitiendo que no existan observaciones ni errores en el resultado obtenido”, explica Carlos Pizarro, administrador del tribunal.

El objetivo de la ley, promulgada en noviembre de 2021, es incentivar al alimentante a priorizar el pago de las pensiones de alimentos por sobre otras deudas, promoviendo el principio de corresponsabilidad parental y salvaguardando siempre el interés superior del niño; es por ello que  además ordena a diversos organismos retener y pagar directamente las pensiones adeudadas. La información se encontrará a cargo del Registro Civil, que deberá otorgar certificaciones en línea respecto de los morosos.

“Las liquidaciones son un paso esencial en el proceso de crear el registro, ya que como Poder judicial oficiaremos mensualmente al Registro Civil, de oficio o a petición de parte, para que practique las inscripciones de los alimentantes morosos que cumplan con los requisitos, esto es, las personas obligadas por resolución judicial al pago de una pensión de alimentos, y que adeude total o parcialmente, al menos tres mensualidades consecutivas o cinco discontinuas”, agregó.

El nuevo cálculo automatizado contiene  los aspectos técnicos y de operatividad establecidos en el reglamento de funcionamiento y administración dictado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. En ese sentido, a partir de noviembre de 2021 y durante tres años, regirá la  Comisión de Coordinación y Evaluación del Nuevo Sistema de Cumplimiento de Pensiones Alimenticias, organismo de carácter consultivo que integra, entre otras instituciones, al Poder Judicial y cuyo objetivo es procurar, con propuestas técnicas, el fortalecimiento del sistema de cumplimiento de pago.

Un aspecto importante de la ley es también la modificación, entre otras, a la Ley N° 20.066 de Violencia Intrafamiliar, señalando que  constituye violencia intrafamiliar las conductas ejercidas en el contexto de relaciones afectivas o familiares, que vulneren la autonomía económica de la mujer, o la vulneración patrimonial, o de la subsistencia económica de la familia o de los hijos, tal como el incumplimiento reiterado del deber de proveer alimentos.