TOP de Quillota dicta veredicto condenatorio contra autor del delito de secuestro con violación y homicidio

21-octubre-2021
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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota dictó hoy –jueves 21 de octubre– veredicto condenatorio en contra de Víctor Alejandro Pulgar Vidal, en calidad de autor del delito consumado de secuestro con violación y homicidio. Ilícito cometido en junio de 2016, en la comuna.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota dictó hoy –jueves 21 de octubre– veredicto condenatorio en contra de Víctor Alejandro Pulgar Vidal, en calidad de autor del delito consumado de secuestro con violación y homicidio. Ilícito cometido en junio de 2016, en la comuna.

En resolución unánime (causa rol 52-2021), el tribunal –integrado por las magistradas Leticia Morales Polloni (presidenta), Genoveva Matteucci Vega y Mónica Oliva Rybertt (redactora)– tras la deliberación de rigor, dio por establecido tanto la ocurrencia del delito como la participación culpable de Pulgar Vidal en los hechos.

En la causa, el tribunal resolvió decretar la absolución de Pulgar Vidal de la acusación que lo sindicaba como autor del delito consumado de hurto simple, al dar por acreditado que, si bien el acusado sustrajo el teléfono celular de la víctima, dicha sustracción “(…) tenía por objeto reforzar la situación de privación de libertad de la víctima, impidiendo que se contactara con otras personas, o que pudiera ser hallada mediante mecanismos tecnológicos asociados al aparato, lo que permite descartar el ánimo de lucro en la apropiación, por lo que su conducta no es apta para configurar el delito de hurto por el que fue acusado”, razonaron las magistradas.

Para arribar a la decisión de condena, el tribunal consideró y valoró toda la prueba testimonial, pericial, documental, informes toxicológicos y fotografías rendidas durante el juicio oral. Probanzas que permitieron, más allá de toda duda, adquirir la convicción de que aproximadamente a las 07:40 horas del 18 de junio de 2016, en el paradero 7, ubicado en la población Rebolar de Quillota, la víctima, Nicole Saavedra Bahamondes, “(...) abordó el bus de locomoción colectiva de la empresa ‘Comercial Guerra’, placa patente XH4891, Nº de orden 192, que transitaba desde el sector de Limache en dirección a la localidad de El Melón, comuna de Nogales, conducido por Víctor Alejandro Pulgar Vidal, quien, contra la voluntad de ésta, se apoderó de su equipo celular marca LG, dejando éste de emitir y recibir comunicaciones en ese momento, el que posteriormente fue encontrado en poder de Karen Pulgar Opazo por haberlo comprado a Pulgar Vidal”.

“A partir del 18 de junio de 2016, el imputado retuvo a Nicole Saavedra y la mantuvo sin derecho privada de su libertad, situación que se prolongó hasta el día 24 del mismo mes y año, ocasión en que valiéndose de la debilidad física de la víctima, que en ese momento presentaba una cantidad de alcohol en el cuerpo equivalente a 1.96 gramos por litro de sangre y aprovechándose de su incapacidad para oponerse a la acción del imputado, la golpeó en diversas partes de su cuerpo, sometiéndola con ello y debilitándola progresivamente, causándole traumatismo encefalocraneano grave con edema y hemorragia encefálica”, añade.

En dicho contexto, Víctor Pulgar Vidal violó a la joven y, durante el desarrollo de la agresión sexual, la tomó fuertemente el cuello, “ejerciendo presión sobre el mismo, maniobra que provocó la fractura del hueso hioides en el cuello de la afectada, lesión que impidió el paso del flujo sanguíneo hacia su cerebro, y en adición a las restantes agresiones narradas, provocó su muerte”.

En tanto, en horas de la mañana del sábado 25 de junio de 2016, “personas que circunstancialmente se encontraban en un predio ubicado en el sector del Embalse Los Aromos, Los Laureles, comuna de Limache, hallaron el cuerpo de Nicole, con sus manos atadas y junto a sus pertenencias”, concluye.

En la causa, el tribunal, por mayoría, consideró que en los hechos, “el acusado actuó con alevosía, agravante de responsabilidad penal prevista en el artículo 12 N°1 del Código Penal, toda vez que actuó sobre seguro, creando oportunidades materiales que eviten todo riesgo a la persona del autor, en este caso, el haber sustraído el teléfono celular de Nicole, como ya se explicó, y el haberla mantenido alcoholizada con el objeto de disminuir su capacidad de resistencia o de pedir auxilio”.

La audiencia de comunicación de la sentencia –que será redactada por la magistrada Oliva Rybertt- quedó programada para las 13 horas del próximo viernes 29 de octubre.