Corte Suprema acoge recurso de amparo y deja sin efecto orden de detención por incomparecencia a audiencia

23-junio-2021
"(...) resultaba del todo injustificado y desproporcionado decretar la detención del amparado por la inasistencia a una audiencia a la cual no fue emplazado en la forma ordenada por el tribunal y, respecto de la cual, además, el mismo querellante solicitó no celebrar fijando una nueva fecha para ello”.

La Corte Suprema acogió recurso de amparo y dejó sin efecto la orden de detención dictada en contra del recurrente, quien no fue debidamente notificado de la citación a la audiencia de procedimiento simplificado.

En fallo unánime (causa rol 38.289-2021), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Haroldo Brito, Leopoldo Llanos, Jorge Zepeda y las abogadas (i) Pía Tavolari y Carolina Coppo– acogió la acción constitucional y dejó sin efecto la orden de detención decretada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt.

“Que no resulta controvertido que el tribunal recurrido ordenó a la parte querellante notificar al amparado en el domicilio que aquél aportara, mediante receptor particular, de la citación a la audiencia de procedimiento simplificado de 27 de mayo del año en curso, diligencia que el querellante no realizó, pidiendo el día anterior se programe una nueva fecha para llevar a cabo esa audiencia”, sostiene el fallo.

La resolución agrega: “Que, en ese contexto, resultaba del todo injustificado y desproporcionado decretar la detención del amparado por la inasistencia a una audiencia a la cual no fue emplazado en la forma ordenada por el tribunal y, respecto de la cual, además, el mismo querellante solicitó no celebrar fijando una nueva fecha para ello”.

“Que por lo antes referido, la orden de detención despachada contra el amparado resulta ilegal, debiendo acogerse la acción interpuesta”, colige.