Juzgado de Garantía de Antofagasta condena por malversación de caudales públicos a exfuncionarios del Cementerio Municipal

09-abril-2021
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En procedimiento abreviado, el Juzgado de Garantía de Antofagasta condenó hoy –viernes 9 de abril– a Misael Antonio Cortés Olivares y María Angélica Rojas Gutiérrez a las penas de 5 y 4 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva, respectivamente, en calidad de autores del delito consumado de malversación de caudales públicos. Ilícito perpetrado entre 2015 y 2017, mientras cumplían funciones como administrador y subadministradora del Cementerio Municipal de la ciudad.

En procedimiento abreviado, el Juzgado de Garantía de Antofagasta condenó hoy –viernes 9 de abril– a Misael Antonio Cortés Olivares y María Angélica Rojas Gutiérrez a las penas de 5 y 4 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva, respectivamente, en calidad de autores del delito consumado de malversación de caudales públicos. Ilícito perpetrado entre 2015 y 2017, mientras cumplían funciones como administrador y subadministradora del Cementerio Municipal de la ciudad.

En el fallo (causa rol 12.692-2017), el magistrado Andrés Santelices Jorquera aplicó, además, a Cortés Olivares y María Angélica Rojas Gutiérrez la accesoria legal de inhabilidad absoluta temporal para cargos u oficios públicos durante 7 años y un día y 3 años y un día, más el pago de multas de 15 y 11 UTM, respectivamente.

Además, a los sentenciados Cortés Olivares y Rojas Gutiérrez se les impuso la prohibición de acercase a casinos o locales de juegos de azar durante el tiempo que duren sus respectivas condenas. 

En la causa, el tribunal condenó a los coacusados Richard Phillip Swancke Ramírez y Claudio Javier Núñez Cortés a las penas de 541 días y 300 días de presidio, con el beneficio de remisión condicional, respectivamente, en calidad de autores del delito de malversación de caudales públicos. Asimismo, Swancke Ramírez y Núñez Cortés quedaron la inhabilidad absoluta temporal para cargos u oficios públicos durante 3 años y un día, más el pago sendas multas a beneficio fiscal de 5 UTM.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que: “(…) con ocasión de una denuncia efectuada por un Sr. Concejal de Antofagasta se indagó en la Unidad de Control de la Municipalidad de Antofagasta el pago de recaudación efectuado el año 2015 por la Sociedad Helénica de Socorros Mutuos para adquirir un terreno en el Cementerio Municipal de esta ciudad, que no fue ingresado a las arcas municipales, por la suma de $3.000.000, que recibió y se apropió el administrador del campo santo, MISAEL CORTÉS OLIVARES, aprovechando su cargo y función, siendo este hecho irregular puesto en conocimiento de la Contraloría Regional de Antofagasta, que inició un proceso especial de auditoría al Cementerio Municipal de Antofagasta, ubicado en calle Andrés Sabella N° 3250, como servicio dependiente de la Dirección de Servicios de Salud y Educación de la Municipalidad de Antofagasta, descubriendo en la revisión de 428 carpetas de construcción del camposanto local, asociadas a operaciones realizadas entre el año 2015 al 2017, que existían 177 comprobantes de recaudación fechados entre los años 2015 y 2017, a nombre de distintas personas y con diversos números y montos, siendo el monto menor $129.679 y el mayor $7.310.408, por concepto de ventas de derechos de terrenos y de construcción por los mismos, por un monto total de $269.038.241, que no fueron informados en las cajas diarias de recaudación preparadas por el cementerio, ni incorporadas en los registros contables para su posterior ingreso en las arcas de la Municipalidad de Antofagasta”.

La resolución agrega: “Que los dineros antes señalados fueron apropiados de forma indebida e ilegítimamente por el mismo Administrador del Cementerio Municipal, de ese lapso de tiempo, Sr. MISAEL CORTÉS OLIVARES, que fuera nombrado en tal cargo por decreto municipal N° 331/2012 del 31 de diciembre de 2012, quien para estos fines ilícitos actuó en algunas oportunidades personal e individualmente vendiendo los derechos de terrenos y de construcción, recibiendo los dineros, y quedándose con los mismos, que no ingresó en las cajas del cementerio ni rindió a la Tesorería de la Municipalidad, y en otras oportunidades con el mismo objetivo concertado previamente y con la colaboración de los restantes imputados Sra. MARÍA ANGÉLICA ROJAS GUTIÉRREZ, en su calidad de Sub Administradora del Cementerio Municipal, nombrada en tal cargo por Decreto Municipal N° 88/2013 del 15 de febrero de 2013; del Sr. CLAUDIO JAVIER NÚÑEZ CORTÉS, en su calidad de encargado de ventas de dicho cementerio, nombrado en tal cargo por Decreto Municipal N° 132/2009 del 16 de junio de 2009; y del Sr. RICHARD PHILLIP SWANECK RAMÍREZ como funcionario municipal (encargado de proyectos del Cementerio Municipal) conforme a contratos de plazo y prórrogas (…)”.

“Finalmente, realizados informes periciales contables pudo determinarse que la acusada María Angélica Rojas Gutiérrez recibió de parte del acusado Misael Cortés, con ocasión de la apropiación de fondos antes relatada, un total de 33 transferencias de fondos en su cuenta corriente del Banco BCI y Santander por la suma total de $34.126.000. En tanto, el acusado Richard Swaneck Ramírez recibió del acusado Cortés un total de 13 transferencias de fondos en su cuenta corriente del Banco BCI por la suma total de $5.473.000. Finalmente, el acusado Claudio Núñez Cortés recibió de parte del acusado Cortés un total de 1 transferencia de fondos en su cuenta corriente del Banco Falabella por la suma total de $750.000”, añade. 

 
 Ver fallo (PDF) 12692-2017.pdf
Noticia con fallo